Conoce las regulaciones vigentes que afectan tu campo, organizadas por el módulo de Fitotrak que te ayuda a cumplirlas.
La Resolución Exenta N° 243 del SAG, publicada en el Diario Oficial el 20 de enero de 2025, obliga a llevar un registro detallado de cada aplicación de plaguicidas (Cuaderno de Campo) a todos los productores agrícolas del país.
Actualiza las normas sobre almacenamiento, comercialización, manipulación y aplicación de plaguicidas con el objetivo de mejorar la trazabilidad, reducir riesgos para la salud y el medio ambiente, y controlar el comercio ilícito de productos fitosanitarios.
Vigencia para la mayoría de los productores agrícolas del país
Plazo extendido para agricultura familiar campesina e indígena
Cuaderno de campo digital con todos los campos requeridos por el SAG, reportes automáticos y trazabilidad completa.
Solicitar DemoLa normativa obliga a quien aplica plaguicidas tóxicos o moderadamente tóxicos para abejas a avisar con al menos 48 horas de anticipación a los apicultores ubicados en la zona de influencia próxima a su predio, mediante un medio verificable.
Plaguicidas etiquetados como tóxicos para las abejas
Plaguicidas etiquetados como moderadamente tóxicos
Para que el aviso funcione correctamente, cada apicultor debe inscribirse y declarar sus apiarios en SIPEC Apícola, manteniendo actualizada la ubicación de colmenas y datos de contacto.
Al registrar una aplicación en Fitotrak, el sistema verifica si el plaguicida es tóxico para abejas y muestra una alerta con la obligación legal de avisar a apicultores. 231 productos del catálogo SAG requieren avisaje obligatorio.
Solicitar DemoEl uso del agua en Chile está regulado por la Dirección General de Aguas (DGA). Los titulares de derechos de aprovechamiento deben cumplir con dos instrumentos legales complementarios que establecen la obligación de medir, registrar y transmitir sus extracciones.
Establece los requisitos técnicos y protocolos que deben cumplir los sistemas de medición y transmisión de datos de caudal y nivel en aguas superficiales para ser válidos ante la DGA.
El Decreto 53 obliga a los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas superficiales a instalar dispositivos de medición en sus captaciones y transmitir automáticamente sus datos de extracción a la DGA.
Regiones ya obligadas a transmitir
Fechas escalonadas por caudal
Plazos definidos por DGA
Define quiénes están obligados a medir y transmitir, y los plazos para hacerlo.
Especifica los estándares técnicos, protocolos y equipos homologados para cumplir el Decreto 53.
Nuestro sistema conecta con sensores de caudalímetros y bocatomas, registra extracciones cada 15 minutos y transmite automáticamente los datos a la plataforma DGA con protocolos compatibles con la Resolución N° 1238.
Cumplimiento normativo integrado, módulo a módulo
Cuaderno de campo digital con trazabilidad completa
Módulo FitosanitariosAvisaje a apicultores por plaguicidas tóxicos para abejas
Módulo FitosanitariosTelemetría hídrica con protocolos certificados
Módulo RiegoMedición y reporte de extracciones en tiempo real
Módulo RiegoFitotrak integra en una sola plataforma el cumplimiento del SAG y la DGA.