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Normativas por Módulo

Conoce las regulaciones vigentes que afectan tu campo, organizadas por el módulo de Fitotrak que te ayuda a cumplirlas.

Fitosanitarios — SAG Ley Apicola — SAG Riego — DGA

Normativa Fitosanitaria

SAG

Resolución Exenta N° 243 — Cuaderno de Campo Digital

Obligación del Servicio Agrícola y Ganadero

La Resolución Exenta N° 243 del SAG, publicada en el Diario Oficial el 20 de enero de 2025, obliga a llevar un registro detallado de cada aplicación de plaguicidas (Cuaderno de Campo) a todos los productores agrícolas del país.

Objetivo

Actualiza las normas sobre almacenamiento, comercialización, manipulación y aplicación de plaguicidas con el objetivo de mejorar la trazabilidad, reducir riesgos para la salud y el medio ambiente, y controlar el comercio ilícito de productos fitosanitarios.

20 Enero 2026

Vigencia para la mayoría de los productores agrícolas del país

20 Enero 2027

Plazo extendido para agricultura familiar campesina e indígena

Qué debes registrar en cada aplicación
  • Fecha y hora de aplicación
  • Lugar / Campo / Cuartel
  • Cultivo tratado
  • Producto usado (nombre comercial)
  • Número de autorización SAG
  • Dosis aplicada
  • Motivo de la aplicación
  • Equipo de aplicación
El registro puede ser físico o digital, pero debe estar disponible para fiscalización del SAG.
El Módulo Fitosanitarios de Fitotrak cubre esta norma

Cuaderno de campo digital con todos los campos requeridos por el SAG, reportes automáticos y trazabilidad completa.

Solicitar Demo

Documento Oficial

Descargar Res. N° 243 (PDF)

Diario Oficial — Chile

SAG — LEY APÍCOLA

Resolución 7.068/2024 — Aviso de Aplicación de Plaguicidas Tóxicos para Abejas

Protección de Polinizadores — Ley Apícola

La normativa obliga a quien aplica plaguicidas tóxicos o moderadamente tóxicos para abejas a avisar con al menos 48 horas de anticipación a los apicultores ubicados en la zona de influencia próxima a su predio, mediante un medio verificable.

26 Enero 2026

Plaguicidas etiquetados como tóxicos para las abejas

26 Abril 2026

Plaguicidas etiquetados como moderadamente tóxicos

¿Cómo opera el aviso de aplicación?
  • Avisar con al menos 48 horas de anticipación
  • Medio verificable: email, SMS o escrito presencial
  • Informar a apicultores en la zona de influencia del predio
  • Restricción horaria: aplicar en baja actividad de abejas (mañana temprano o atardecer)
  • Responsabilidad recae en quien aplica el plaguicida
  • Independiente de la notificación del Ministerio de Salud
El SAG no realiza las notificaciones. Los datos de contacto de apicultores se consultan en cpa.sag.gob.cl (requiere Clave Única ciudadana).
SIPEC Apícola — Registro de apiarios

Para que el aviso funcione correctamente, cada apicultor debe inscribirse y declarar sus apiarios en SIPEC Apícola, manteniendo actualizada la ubicación de colmenas y datos de contacto.

Consulta para Avisaje

Busca apicultores en tu zona antes de aplicar

cpa.sag.gob.cl
Registro Apícola SIPEC

Inscripción obligatoria para apicultores

sipecweb.sag.gob.cl
Fitotrak te alerta automáticamente

Al registrar una aplicación en Fitotrak, el sistema verifica si el plaguicida es tóxico para abejas y muestra una alerta con la obligación legal de avisar a apicultores. 231 productos del catálogo SAG requieren avisaje obligatorio.

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Normativa de Uso y Monitoreo del Agua

El uso del agua en Chile está regulado por la Dirección General de Aguas (DGA). Los titulares de derechos de aprovechamiento deben medir, registrar y transmitir sus extracciones bajo el Monitoreo de Extracciones Efectivas (MEE).

Son dos normas distintas según de dónde saque el agua, no dos etapas de la misma: la Resolución 1238 rige las captaciones subterráneas —pozos— y el Decreto 53 las superficiales —canales, bocatomas, ríos—. Si usted tiene ambas, le aplican las dos, cada una con sus propios plazos y estándares.

DGA — Si extrae de un pozo

Resolución Exenta N° 1238/2019 — Aguas Subterráneas

Obligación de medir y transmitir en obras de captación subterránea

Fija las condiciones técnicas y los plazos para instalar y mantener un sistema de monitoreo y transmisión de extracciones en pozos. Reemplazó a la Resolución DGA N° 2129 de 2016.

Qué exige, y los cuatro estándares

En un pozo se informan tres variables: caudal extraído, volumen acumulado (totalizador) y nivel freático. Cuánto se mide y cada cuánto se transmite depende del estándar, que se determina por el caudal autorizado de la obra:

  • Caudales Muy Pequeños — la exigencia más baja
  • Menor
  • Medio
  • Mayor — la más exigente, con transmisión automática
Aplica a las obras de captación de aguas subterráneas. Si además extrae de un canal o bocatoma, le aplica también el Decreto 53.
DGA — Si extrae de un canal, bocatoma o río

Decreto MOP N° 53/2020 — Aguas Superficiales

Obligación de instalar equipos y transmitir extracciones

Nacido de la Ley 21.064, obliga a los titulares que extraen directamente de cauces naturales a instalar dispositivos de medición y transmitir a la DGA el caudal efectivamente extraído y, en usos no consuntivos, el restituido.

Obligaciones del titular del derecho de agua
  • Instalar caudalímetro o sensor de nivel homologado
  • Registrar extracción cada 15 minutos
  • Transmitir datos en tiempo real a la DGA
  • Mantener equipos calibrados y operativos
  • Reportar volúmenes diarios y mensuales
  • Conservar historial de datos accesible
El incumplimiento puede derivar en sanciones, multas o la caducidad del derecho de aprovechamiento de aguas.
Plazos de implementación por zona
Zona Norte (I–IV)
Vigente

Regiones ya obligadas a transmitir

Zona Central (V–VIII)
En curso

Fechas escalonadas por caudal

Zona Sur (IX–XIV)
Próximo

Plazos definidos por DGA

¿Cuál me aplica a mí?

No son dos etapas de la misma norma: lo define la fuente de donde saca el agua. Si tiene captaciones de los dos tipos, le aplican ambas por separado, cada una con sus plazos y estándares.

Res. N° 1238/2019

Si extrae de un pozo

Aguas subterráneas. Se informa caudal, volumen acumulado y nivel freático. Cuatro estándares según el caudal autorizado.

Decreto MOP N° 53/2020

Si extrae de un canal, bocatoma o río

Aguas superficiales. Se informa caudal y volumen acumulado; no hay nivel freático. En usos no consuntivos, también lo restituido.

El Módulo Riego de Fitotrak cubre ambas normativas DGA

Nuestro sistema conecta con sensores de caudalímetros y bocatomas, registra extracciones cada 15 minutos y transmite automáticamente los datos a la plataforma DGA con protocolos compatibles con la Resolución N° 1238.

Fitotrak cubre las cuatro normativas

Cumplimiento normativo integrado, módulo a módulo

Res. N° 243 SAG

Cuaderno de campo digital con trazabilidad completa

Módulo Fitosanitarios
Res. 7.068/2024 SAG

Avisaje a apicultores por plaguicidas tóxicos para abejas

Módulo Fitosanitarios
Res. N° 1238 DGA

Pozos: caudal, volumen y nivel freático

Módulo Riego
Decreto 53 DGA

Canales y bocatomas: caudal y volumen

Módulo Riego

¿Listo para cumplir con todas las normativas?

Fitotrak integra en una sola plataforma el cumplimiento del SAG y la DGA.